La Virginia (Boletín) El alcalde de La Virginia- JAMES ALBERTO ÁLZATE PÉREZ- dio luz verde a los Acuerdos 007 por medio del cual se crea el parque Municipal Natural GUASIMO, y el 006 que hace referencia a las medidas tendientes a la Conservación y Recuperación Ambiental.
En la primera iniciativa, se declaró al Parque Natural GUASIMO y a la microcuenca que lleva su mismo nombre como aéreas verdes y de conservación. Entre los objetivos del proyecto están la preservación de las microcuencas de las quebradas Guasimo y La María Portugal, garantizando la protección de los recursos del bosque seco tropical.
Así mismo, el acuerdo plantea la protección de la biodiversidad, los recursos paisajísticos y el patrimonio cultural y arqueológico del Municipio.
EL ACUERDO 006
Por su parte, el Acuerdo 006, en uno de sus artículos principales ordena la clasificación de los predios que contribuyen en la jurisdicción a la protección y recuperación del Medio Ambiente así:
*Los predios cuya relación área protegida sobre el predio esté entre el 10% y el 20% tendrán un descuento sobre el total protegido del 30%, si es bosque protector de agua, y el 20% si es bosque protector-productor.
*Aquellos predios cuya relación área protegida estén entre 31% y 50% tendrán un descuento del 50%, si es bosque protector de agua, y el 30% si es bosque protector-productor.
*Los predios cuya relación de área protegida sea mayor del 50%, tendrán un descuento del 100%, si el bosque es
protector de agua, y el 40% si es bosque protector-reproductor. Para la obtención de los referidos descuentos, los dueños de terrenos deberán presentar un certificado expedido por la Unidad de Asistencia Agropecuaria-UMATA o la Unidad de Gestión Ambiental Municipal que clasificará los predios según sus categorías.
El descuento a que tenga derecho el propietario del predio, de acuerdo a la categoría establecida, es independiente y compatible con los incentivos tributarios conferidos a los contribuyentes por parte del Honorable Concejo Municipal.
Solamente podrán beneficiarse del citado incentivo, aquellos propietarios de los inmuebles que al momento de su aplicación estén a paz y salvo.
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